Sobre el control político del Poder Judicial

El Poder Judicial no está estructurado alrededor de ninguna idea política, puesto que lo que le caracteriza es la neutralidad de quien lo ejercita. Es un poder disperso, en el sentido de que se ejerce individualmente por jueces y magistrados independientes. Responde a la idea última de que en una democracia ha de haber contrapesos y un poder que garantice en caso de conflicto que la ley se aplica por igual para todos y que todos han de encontrar quien en última instancia vele por la protección de sus derechos. Se exige así a los jueces neutralidad política, ya que su función ha de ejercitarse en todo caso con imparcialidad y, por ello, se veta el ejercicio para los jueces de ciertos derechos políticos como tributo a su obligada neutralidad partidista. Dada esa ausencia de estructuración política del Poder Judicial se habla del mismo como un poder neutro. Desde ese planteamiento, la penetración de los partidos políticos en el Poder Judicial es un fenómeno patológico. La manera de hacerlo es muy eficaz y orientada únicamente a influir en la cúpula de la judicatura, no en la generalidad de los jueces y magistrados.

Sobre el control político del Poder JudicialSe ha instaurado un sistema en virtud del cual se controla políticamente el órgano de gobierno del Poder Judicial (CGPJ), creado precisamente para proteger a los jueces del Ministerio de Justicia, conformándolo por criterios de reparto partidista y contrariando así el espíritu constitucional (STC 108/1986). Lo empeora el hecho de que en el CGPJ ha de haber 12 jueces entre los 20 vocales de ese Consejo, de manera que se introduce el factor político entre los miembros de la carrera judicial. Para ser elegido como vocal hay que ser o parecer de una tendencia política concreta, y siendo eso así, el camino está trazado para que la ideológica política en la judicatura empiece a ser relevante. Los jueces, hoy, ven como quienes les gobiernan administrativamente (es decir, quienes deciden su promoción profesional, quienes deciden si son o no sancionados, quienes establecen quienes y en qué circunstancias van destinados a ciertos destinos importantes), son compañeros suyos que son considerados afines por los partidos políticos. A su vez, los elegidos por los partidos actúan muchas veces agrupados en bloques ideológicos, de manera que las cosas trascendentes se deciden desde esos criterios. Eso lleva siendo así desde hace 35 años. ¡35 años de influencia política en la cúpula de la judicatura! La perversidad del sistema se extiende: los jueces no pueden ser afines a partido político alguno, pero sus asociaciones no tienen ese problema. Unas asociaciones muy concretas que, obviamente, no se puede decir que sean correas de transmisión de los partidos, pero que, llegado el momento, están ahí. Y al tiempo que se deslizan por ese camino peligroso se les da la oportunidad de ser influyentes también en beneficio de sus asociados. Otras asociaciones diferentes se quejan de ello. Pero, poco a poco, de manera natural, se va cimentando el desastre: si se crean las condiciones para que el progreso profesional esté ligado a la ideología o a la afinidad política, ese aspecto cobra relevancia, y se va aceptando. «Sí, soy conservador o progresista, y por eso me nombran. ¿Y que?». Nada, es el modelo. Como el mérito y la capacidad son los criterios legales para la promoción profesional, hay que encubrir el fundamento de los nombramientos (el TS habló en cierta ocasión de «motivaciones hipócritas»), pero las reglas las conocemos todos. Y así, ese conservador o progresista ocupa Presidencias de Audiencias, de Tribunales Superiores de Justicia, puestos en el CGPJ o en el Tribunal Supremo impulsado por los vocales elegidos por el partido político afín. Y los demás compañeros, esos excelentes jueces que no han querido entrar en el juego de las afinidades, son ignorados en su progreso profesional. Si esa promoción profesional estuviera ligada únicamente a la formación científica, al estudio, a la celeridad en dictar resoluciones, a la competencia profesional, esos serían los factores que se cultivarían por quienes desean alcanzar las más altas cotas profesionales. Esas asociaciones profesionales en una Justicia en la que, de raíz, la influencia política estuviera descartada, no tendrían ninguna necesidad de ser o parecer afines a ningún partido político ya que los partidos no podrían hacer nada ni por ellas ni por sus asociados. Y todas las tensiones políticas sobre la Justicia, poco a poco, se orientarían a procurar su mayor eficacia, mayores garantías de los ciudadanos, y no a conseguir mayores posiciones de influencia. Pero ese camino se ha descartado para desgracia de los ciudadanos, con el reproche de las instituciones europeas, y cambiarlo ahora –si fuera ello posible, que no lo es– conllevaría el peaje de al menos un par de décadas para ir desarraigando tantos años de hábitos perversos.

¿Qué pretenden los partidos políticos mayoritarios con este sistema que han creado? Con el control partidista del órgano de gobierno del Poder Judicial, se aproximan a lo que pretenden. Dicen que lo hacen por conferir «legitimidad democrática» al CGPJ, como si hasta 1995 el modelo constitucional del CGPJ no hubiera tenido esa legitimidad. Recordemos que, hasta esa fecha, el CGPJ se componía de ocho vocales elegidos por el Parlamento, y de 12 elegidos por los jueces y magistrados, en un sistema compensado que copiaba el existente en otros países europeos. Creo que no se sostiene que un poder del Estado, el legislativo o el ejecutivo, puedan atribuir «legitimidad democrática» a otro poder del Estado. Todos los poderes emanan del pueblo español, el cual aprobó la Constitución en la que se instituyen los tres poderes del Estado, configurados cada uno de acuerdo a su finalidad. La legitimidad democrática del órgano de gobierno del Poder Judicial proviene de la Constitución, expresión de la voluntad popular, no de la decisión de otros poderes del Estado.

Pero, además, no se ve al Parlamento, que integra el conjunto de diputados pertenecientes a todos los partidos, negociar nada sobre este tema. Son los dos partidos mayoritarios, a través de dos políticos ex jueces, quienes negocian el número de vocales que corresponde a cada uno, y el nombre de los afines a quienes impondrán el nombre de quien presidirá el CGPJ, y estos lo aceptarán, mostrando así otra vez quién manda en el órgano de gobierno del Poder Judicial. Y, en este momento, además, vemos que un partido sostiene que en esa negociación puede vetar –y veta– la intervención de otros partidos. ¿Es ese el Parlamento que confiere «legitimidad democrática» al Poder Judicial?

La configuración actual del Gobierno del Poder Judicial en nuestro país obedece realmente a la búsqueda de influencia política en la Justicia, con la pretensión del establecimiento de dos Justicias, una para los ciudadanos y otra para ellos, mediante privilegios procesales como los aforamientos, con la potestad de colocar amigos ideológicos en los puestos claves de la judicatura –independientes, pero amigos–, o de quitar a otros incómodos mediante promociones o destacamentos internacionales. La teoría de Carlos Lesmes del palo y la zanahoria para controlar a los jueces va en esa misma línea. Con esas influencias aspiran esos partidos a la posibilidad de obtener ventajas políticas o económicas. No siempre pueden, claro. Aquí se está jugando en un terreno en el que cualquier pequeño exceso del político puede chocar con la integridad profesional de un juez, pero en grado suficiente para que les compense mantener el sistema. Así, cuando aquel político se vanagloriaba ante los suyos de que podría su partido controlar la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por la puerta de atrás, él creía que había conseguido las piezas en el CGPJ para hacer lo que en realidad buscaba. Y eso que buscaba, eso que buscan esos partidos con la negociación, es el cáncer por el que se debilita el tercer poder del Estado en perjuicio de todos.

Salvador Viada Bardají es Fiscal del Tribunal Supremo.

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