Sociedad y justicia machistas

Sociedad y justicia machistas

El juez del caso La manada no ha admitido como prueba unos mensajes en los que queda claro que ese grupo de hombres había planeado violar a una mujer. Y que ya habían violado antes: por eso hablan de «las violaciones» en genérico. Sin embargo, este juez sí ha admitido como prueba el seguimiento de la víctima por parte de un detective privado cuyo informe prueba que la mujer fue resiliente y que, en un acto de valentía loable, se negó a hundirse. Que hizo lo que le recomendaron los psicólogos: hacer lo posible por seguir siendo persona.

Los abogados y el fiscal esgrimen la misma prueba: un vídeo donde se ve a una chica completamente inmóvil y con los ojos cerrados. Cinco hombres la penetran bucal y analmente y sin preservativo. En ningún momento le piden consentimiento. En ningún momento esa chica habla. El abogado de los enjuiciados dice que en ese vídeo no se aprecia violación ¿A qué cabeza humana le parece que una relación en la que la mujer no se mueve, no habla y no abre los ojos es una relación sexual normal? A un necrófilo o a un violador.  ¿Y qué persona no comprende que una chica de 18 años violada no solo puede sino que debe apoyarse en sus amigos? Solo un psicópata que no tiene empatía.

No entro en la calificación del abogado. En el derecho de defensa hay que defender. Pero: ¿presentar un vídeo de seguimiento a la víctima? ¿Y admitirlo? ¿Para qué y por qué? No estamos en un procedimiento laboral donde alguien finge una baja y le pillan haciendo puenting. Hablamos de una violación. No se entiende el motivo de admisión de esa prueba. El Estatuto de la Víctima del Delito deja claro que no se debe utilizar la vida privada de la víctima para cuestionar su condición de tal. En derecho laboral cuando una persona está de baja por depresión, no se admiten informes de seguimiento para probar que está muy contenta y sale por ahí.

Me dicen que la prueba se admite solo para que la defensa no se queje de que no le admiten pruebas. Ese argumento no es creíble, puesto que el juez ha permitido preguntas a la víctima del estilo «¿cómo podía colgar esas fotos en Facebook si tan traumada estaba?». Me dicen que las pruebas se admiten para cuantificar indemnización (si no hay trauma, no hay que pagar). El argumento es banal y absurdo...,  ¿desde cuándo un trauma se juzga sin un médico que lo certifique, a partir de cuatro fotos tomadas por un detective, pagado –para colmo– por los acusados?

En el 2000, el CGPJ reconoció la importancia de la formación especializada de los jueces en materia de violencia machista. Muchos operadores jurídicos han reclamado una especialización que no se materializa. Porque la falta de formación de los profesionales o la influencia de los estereotipos revictimizan a la víctima. Primero en la agresión y luego en un juzgado. Este juicio pone de manifiesto que necesitamos una sociedad y una justicia que escuchen a las víctimas. Que no nieguen sus historias y las desprotejan.

Lucía Etxebarria, escritora.

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