Stefan Zweig y la justicia poética

Stefan Zweig, en Nueva York en 1935
Stefan Zweig, en Nueva York en 1935.

El último jueves del mes de abril, la primera secretaria de la Embajada de Austria en Madrid se dirige hacia su despacho con sigilo y una cierta premura. Ha recibido un mensaje que solo unos pocos conocen en la jerarquía vienesa y que debe transmitir a otra mujer: la agente literaria que representa el legado de Stefan Zweig en España. La primera secretaria se acomoda en su escritorio, fija la vista en la pantalla y, con íntima satisfacción, se dispone a suscribir un expediente de apenas unas líneas que puede ser decisivo en el litigio por la publicación no autorizada de los Diarios de Stefan Zweig: “La autoridad competente para asuntos de nacionalidad, la Oficina del Gobierno Federal de Viena / MA35, ha constatado la conservación de la nacionalidad austríaca de Stefan Zweig hasta el momento de su muerte y que la misma está registrada en el Registro de Nacionalidad de la República de Austria”.

La áspera prosa administrativa no deja lugar a dudas. Stefan Zweig, exiliado del nazismo y apátrida, naturalizado británico en 1940, no perdió nunca su nacionalidad austríaca ni dejó de ser del todo ciudadano de su país de origen (o no, al menos, según la legalidad vigente en Austria desde el 27 de abril de 1945). El Anschluss y las leyes nazis que lo despojaron de una patria y de una identidad jurídica propia carecen de cualquier efecto reflejo en la actualidad. Una ley de 10 de julio de 1945 restituyó la nacionalidad austríaca a quienes la habían perdido a consecuencia de la anexión de su territorio por el Tercer Reich. La carta de la Embajada confirma ahora que, jurídicamente, el acceso a la ciudadanía británica no privó a Stefan Zweig de su primera nacionalidad.

Zweig debe ser considerado un escritor austríaco —y, por tanto, nacido en un Estado miembro de la Unión Europea— hasta el final de sus días. Y, en esa condición, sus herederos deben poder beneficiarse de todas las ventajas que depara la ciudadanía europea: entre otras, el derecho a recibir en nuestro país el mismo trato que cualquier escritor español y a que se garantice la protección de su obra hasta que hayan pasado 80 años desde su muerte (frente a los 70 habituales), según dispone la ley española para los autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987.

La justicia material puede a veces compartir las razones de la justicia poética. El Brexit ha fracturado la Unión Europea y ha abierto una brecha emocional y jurídica entre los ciudadanos a ambos lados del Canal de la Mancha; en España, ha tenido además una consecuencia insospechada: la pérdida de una década de protección legal para los autores británicos fallecidos antes de 1987. Aquellos que como Virginia Woolf o George Orwell murieron en el período 1941-1951, pasaron al dominio público el 1 de enero de 2021; quienes fallecieron más tarde conservan sus derechos, pero el plazo de protección se reduce a 70 años (es el caso de T.S. Eliot, Churchill, Hitchcock y tantos otros desaparecidos entre 1952 y 1987). Al no ser ya autores de un Estado miembro de la Unión, el principio de no discriminación entre ciudadanos europeos pierde su razón de ser y pasan a regirse por la legalidad internacional (el Convenio de Berna) que respeta el plazo más breve del país de origen de la obra.

Esta circunstancia fue aprovechada por Ediciones 98 para publicar en enero los Diarios de Stefan Zweig –inéditos hasta entonces en español– invocando el pretendido dominio público que el Brexit habría traído consigo: si Zweig era británico cuando se quitó la vida en 1942 y sus diarios habían visto la luz por primera vez en Alemania (país donde el plazo de protección es de 70 años), entonces debía correr la misma suerte que sus contemporáneos Woolf y Orwell. La publicación no autorizada de los diarios frustraba además la primicia que la editorial Acantilado, legítima titular de los derechos, había preparado para el junio. El litigio se antojaba inevitable.

Apelar a la nacionalidad británica de Zweig para negarle su condición de europeo y los derechos sobre la obra de toda una vida resultaba ya dudoso a la luz de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (“nadie será privado arbitrariamente de su nacionalidad”); que el Brexit y el nacionalismo que lo alentó fueran el detonante de esa pérdida sugería, además de una injusticia, una distopía de tintes orwellianos. La carta remitida por la Embajada de Austria a su agente literaria produce alivio y destierra la posibilidad ignominiosa de que los actos de un Gobierno nazi sigan teniendo eco en Europa. ¿Qué desenlace cabe esperar para el conflicto editorial? La pervivencia de los derechos de Stefan Zweig significa que Acantilado es la única editorial legitimada para publicar su obra en España. Habrá que esperar a que las partes sellen un acuerdo privado o, en su defecto, a que se pronuncien los tribunales. Entretanto, la prosa de la primera secretaria austríaca arroja destellos de esperanza y de justicia poética y salva inopinadamente la conciencia de una Europa sacudida todavía hoy por el rumor sordo de los nacionalismos.

Antonio Muñoz Vico es abogado de Garrigues, especialista en derechos de autor.

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