Truco (Valonia) o trato (Brexit)

Muchos se han sorprendido, cuando no escandalizado, por el hecho de que una región belga, Valonia, utilizara su facultad constitucional para no autorizar la firma de un tratado internacional en el proyectado Acuerdo económico y comercial global (CETA, por sus siglas en inglés) entre la Unión Europea y sus 28 Estados miembros, de un lado, y Canadá, de otro. Sólo tras una dura negociación contrarreloj el acuerdo se pudo firmar finalmente el domingo.

En España ha escandalizado que un tratado de toda la Unión Europea, la primera potencia comercial del planeta, pueda depender de una pequeña región de un Estado miembro. El propio presidente Rajoy insinuó cierto sarcasmo. Esa sorpresa revela, por un lado, que se desconoce una peculiaridad de las normas constitucionales que rigen en un Estado que ha llevado a cabo un proceso progresivo de federalización con repuntes claramente confederales. De otro, se señala con cierto desprecio el tópico "guirigay" de la Unión para esconder la mera ignorancia de sus competencias. La UE no es un Estado.

Truco (Valonia) o trato (Brexit)En uno y otro caso, tanto desde la perspectiva valona como la de la Unión, ha habido un estricto respeto al Estado de Derecho en Bélgica y en la Unión. En España, ¿somos los demócratas defensores o no del respeto a la legalidad y al Estado de Derecho como condición de democracia?

En Bélgica, sus tres regiones están llamadas por la Constitución a expresar su aprobación a determinados tratados previamente a la decisión federal. Cuando afecta a competencias de sus regiones, el Estado suele incluir esta declaración en la prestación de su consentimiento a tratados internacionales: "Esta firma obliga por igual a Valonia, a Flandes y a Bruselas-capital". Simplemente, Valonia ha utilizado su facultad.

Es verdad que antes pudieron haberse esforzado en llegar a un acuerdo internamente, pues se conocían desde hacía meses las reticencias de Valonia. Lo que se intuye es que ni el Gobierno belga ni la Comisión se tomaron en serio la posición de Valonia y sus coadyuvantes; el Gobierno valón, presidido por un reconocido especialista en el sistema político de la UE, con excelente obra científica publicada, supo utilizar su baza. Paul Magnetteno es un demagogo o populista ni está obsesionado con la deslealtad a Bélgica ni a la UE. No es como algunos que conocemos por aquí.

Además, el CETA es un acuerdo de carácter mixto, tal como la propia Comisión lo ha calificado jurídicamente, y así se ha tramitado. Esto significa que este tipo de tratados regula competencias más allá de las atribuidas a la Unión, y para su ratificación no basta la aprobación por la mayoría cualificada de Estados en el Consejo, sino que se necesita complementarla con la aprobación unánime de cada Gobierno y Parlamento nacional de conformidad con sus normas constitucionales. En efecto, el CETA no es sólo un tratado de libre comercio (materia arancelaria, competencia exclusiva de la UE), sino que aborda la convergencia normativa afectando a competencias compartidas con la soberanía nacional de cada Estado miembro.

Cuando el acuerdo comercial se mueve dentro de la competencia exclusiva atribuida a la UE, al Consejo le basta una mayoría de Estados (16) que representen al 65% de la población, más la aprobación del Parlamento Europeo por mayoría. Es como se votan habitualmente las normas legislativas y los acuerdos internacionales en la UE. Por ello, estos días hemos oído y leído falsedades, en tertulias y, en especial, en la prensa salmón a cargo de economistas y empresarios, como, por ejemplo, la afirmación de que todos los Estados conservan poder jurídico en la UE "para vetar cualquier proyecto de acuerdo internacional". Supina ignorancia. Si fuera cierto, ¿cómo es posible que la UE sea el actor internacional con más acuerdos comerciales suscritos en el mundo y la primera potencia comercial desde 1960?

Las regiones belgas no suelen abusar de su prerrogativa en el ámbito de la Unión. En esta ocasión, Bruselas y Valonia han retado de forma impactante a todos, pero sin ocasionar daño a la UE ni a su país con su truco o trato propio de estas fechas del denostado Halloween.

Finalmente, ha habido acuerdo interno en Bélgica, que se ha saldado con una declaración interpretativa clarificando la protección del modelo social y mediambiental europeo, incluidos los servicios públicos, posible desvinculación en materia agrícola, y que los tribunales arbitrales no actúen mientras esté en aplicación provisional y que Bélgica plantee su constitucionalidad con los tratados de la UE ante el Tribunal de Justicia. Todo muy correcto, apelando a la máxima autoridad judicial de la UE. En el fondo fue truco, es decir una travesura con recompensa. Puro y respetable truco.

Sesudos tertulianos y otros han utilizado el truco para proyectarlo sobre el Brexit de forma siempre despectiva; según su ignorancia enciclopédica, cualquier región "insignificante" podría hacer tambalear el acuerdo sobre el Brexit que se prevé extremadamente complicado. De nuevo, embustes y chismes. A diferencia de los acuerdos globales, el acuerdo para regular la retirada es competencia exclusiva de la UE (a 27 Estados) y, por tanto, ésta se basta; es un acuerdo entre la UE que permanece, por un lado, y el Estado que notifica su retirada, por otro. Y se aprueba por una mayoría cualificada reforzada (al menos 20 votos sobre 27 de Estados que representen el 65% de la población) en el Consejo y requiere la aprobación también del Parlamento Europeo. Pero en modo alguno requiere la autorización de los parlamentos nacionales de los 27.

Pero es más. Aun en el caso de que no existiera la mayoría necesaria en el Consejo o en el Parlamento Europeo, transcurridos dos años desde la notificación oficial de retirada, la habrá, pues es un derecho soberano, unilateral e incondicional del Reino Unido. Así lo prevé expresamente el Tratado: puede haber retirada sin acuerdo, sin norma. Lo deseable es que haya trato para racionalizar la retirada, pero si no lo hubiera en el seno del Consejo o por parte del Parlamento europeo o del Gobierno o Parlamento británico, la desconexión será por las bravas, pero no en vacío jurídico. Pasaremos a susto o muerte.

La alternativa al trato con el Reino Unido no es el truco, sino un buen susto, no menor al del 23 de junio. Comenzaremos a aplicar en las relaciones económicas recíprocas las reglas arancelarias y no arancelarias de la Organización Mundial de Comercio, tratado que marca el mínimo aplicable a sus 164 Estados miembros, incluidos los 28, en materia de intercambio de mercancías, servicios y propiedad intelectual.

A todos, a la UE y sobre todo al Reino Unido, interesa que haya trato y no el perverso susto o muerte. Si no hay trato/acuerdo, el trato será el de la OMC, es decir, trataremos al Reino Unido y nos tratará como a China, Rusia, Corea, Qatar, etcétera. Aplicar las reglas básicas de la OMC será muy perjudicial respecto de la situación actual pues se encarecerán para británicos y europeos todos los productos que intercambiamos, se reducirá la competitividad y los beneficios de las empresas.

Una última precisión: en el debate de investidura se juntaron churras con merinas por el representante de un partido independentista catalán; lo hacen habitualmente. La retirada es un derecho propio de un Estado, inherente a la soberanía del Estado, en el seno de una organización internacional, lo establezca o no el tratado creador de una organización internacional. El Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados prevé que pueda ser implícito por la naturaleza del Tratado. No es lo mismo la retirada de un Estado de una organización internacional, permitida por el Derecho internacional, que una secesión de una parte que rompe la unidad nacional de un Estado, prohibida por el Derecho constitucional y el internacional.

Manca finezza para distinguir los conceptos. Hay que leer y pensar. De buena fe.

Araceli Mangas Martín es catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en la UCM.

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