‘Ultra vires’: batalla jurídica en la Unión Europea

Todavía recuerdo mi sorpresa a principios de la década de los noventa cuando un compañero de The Times de Londres me dijo que los euroescépticos se estaban llevando el gato al agua. Hasta entonces, yo pensaba que los eurófobos eran unos excéntricos británicos con halitosis y malhablados, a los que no había que tomar en serio. Su éxito se debió a que llevaron la voz cantante en el debate.

Veinte años de sentencias del Tribunal Constitucional alemán relacionadas con la Unión Europea han tenido un efecto similar. El tribunal no se pronunció en ningún momento en contra de ningún tratado ni de ninguna medida de la UE. Lo importante nunca fue la sentencia, sino el argumento jurídico. Como es sabido, en el dictamen del año pasado sobre la compra de activos del Banco Central Europeo, Karlsruhe acusó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de haber excedido su mandato, es decir, de haber actuado ultra vires. Asimismo, opinó que los Estados miembros habían conferido a la UE poderes claramente delineados, pero que la soberanía residía plenamente en los Estados. Ellos dan y ellos quitan.

En su sentencia de la última semana, el Tribunal Constitucional polaco fue más lejos de lo que había llegado nunca su equivalente alemán. Declaró el artículo 1 del Tratado de la Unión Europea, el que constituye la propia Unión, incompatible con determinados capítulos de la constitución polaca. Lo mismo dictaminó con respecto al artículo 19 del mencionado tratado, que establece el Tribunal de Justicia de la UE. Si la sentencia se sostiene, estaríamos ante un Polexit jurídico. Si un Estado miembro considera que los tratados de la Unión violan su constitución nacional, tiene que cambiar la constitución, conseguir que los demás miembros acepten un cambio en los tratados, o abandonar la Unión Europea. En virtud del derecho internacional, esta podría llegar a argumentar, si quisiera, que la sentencia anula automáticamente el tratado de adhesión de Polonia, y por lo tanto, su pertenencia a la Unión.

El papel del Tribunal Constitucional alemán en todo esto es indirecto, pero no por ello carente de importancia. Lo que ha hecho es participar en un discurso jurídico que hizo posible la indignación polaca. Tal vez los lectores recuerden que el TJUE fue un factor de primer orden en los debates sobre el Brexit. ¿Qué habría pasado si los partidarios de la permanencia hubieran sabido que podían haber renacionalizado algunos de esos poderes? A pesar de la eurofobia que desembocó en la salida del Reino Unido de la UE, entre los profesionales de la justicia el sentimiento secesionista estaba mucho menos extendido que en Alemania o Polonia.

El tribunal polaco, a diferencia de los de Alemania y Reino Unido, está compuesto por leales políticos. La traducción inglesa de la sentencia suena más a panfleto político que a texto legal. A los magistrados del Constitucional alemán también los nombran los políticos, pero representan un amplio espectro de opiniones jurídicas. Los prejuicios antieuropeos no tienen su origen en las injerencias políticas, sino en la propia profesión. Los juristas, al igual que los economistas, siguen escuelas de pensamiento teórico que concuerdan con sus propias opiniones políticas.

Algunos de los argumentos esgrimidos durante las audiencias polacas eran copias calcadas de los expuestos por el Tribunal Constitucional alemán. Karlsruhe, por ejemplo, popularizó conceptos legales como ultra vires y el principio de democracia. Ambos parecen más inocentes de lo que son. El tribunal sostiene que la soberanía puede ser conferida, pero no compartida. Esto implica que el TJUE no puede ser el árbitro de su propia jurisdicción. También significa que el derecho de la UE no prevalece sobre el derecho nacional en las áreas que quedan fuera del perímetro acordado, y que son los tribunales nacionales los que deciden dónde se sitúa exactamente ese perímetro. Karlsruhe, sin embargo, acepta la primacía del derecho de la UE dentro del perímetro, como ocurre con el mercado único o la política comercial. Las políticas fiscal y de defensa no entran en esa jurisdicción. En consecuencia, si se quisiera una unión fiscal o un Ejército europeo, no tendría cabida en los límites del tratado existente. El siguiente nivel de integración europea no podrá llevarse a cabo hasta que los Estados miembros acuerden cambiar los tratados de la Unión, y en el caso de Polonia y Alemania, también sus constituciones nacionales.

Casi con total seguridad, la sentencia polaca acabará con Polonia retractándose. Veo el Polexit como un resultado posible pero improbable. Pero recordemos que, al principio, pasaba lo mismo con el Brexit.

La versión de Karlsruhe del euroescepticismo jurídico ha sido mucho más inteligente, y también más eficaz. Consiguió crear de la nada hechos legales que influyeron en la postura negociadora de los sucesivos Gobiernos alemanes en relación con la UE. La sentencia polaca, en cambio, se ha redactado como una provocación deliberada que podría hacer el juego al partido Ley y Justicia de cara a las elecciones de 2023. Karlsruhe no es responsable de lo que está pasando en Polonia, pero sí de haber dado origen a un discurso que otros hacen suyo y llevan al límite.

Wolfgang Münchau es director de www.eurointelligence.com. Traducción de News Clips.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *