Un 155 para los bienes

Lo que parecía una posibilidad remota, con cuerpo de sorpresa de wasap, ha terminado por adquirir forma de providencia judicial. El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Huesca –a cargo de Antonio Martín González como juez sustituto tras la salida de Carmen Aznar– se ha dirigido al actual responsable de la Consejería de Cultura de la Generalitat, que no es otro que el ministro del ramo, Íñigo Méndez de Vigo, para reclamarle la devolución de las 44 obras de Sijena retenidas en el Museo de Lérida. Apoyado en el artículo 155 de la Constitución, el juez requiere al ministro para que agilice la tramitación que permita el retorno de los bienes y a la Guardia Civil para que diseñe el operativo de vuelta.

La obsesión del Gobierno por aplicar el artículo 155 de forma laparoscópica, centrada en originar el menor ruido posible, se ha encontrado en mitad de la vía con la decisión de un juez. El Ejecutivo, que recibió la noticia como una complicación añadida, asumió desde el primer momento que ignorar el mandato judicial resultaba imposible, aunque a tenor de las últimas declaraciones del ministro parece que la patada hacia delante volverá a ser el recurso empleado. Duele descubrir que un Gobierno trate de esquivar una providencia judicial, en especial tras haber sostenido todo su argumentario político para la aplicación del 155 en la obligación de acatar y respetar la ley y las sentencias judiciales.

El ministro Méndez de Vigo yerra también cuando señala que el asunto de los bienes de Sijena es "un caso muy controvertido entre dos comunidades autónomas", porque con sus palabras introduce una justificación que, aparte de ignorar las sentencias judiciales, invita a descubrir una cierta condescendencia hacia la postura que siempre han mantenido las autoridades catalanas. Las sentencias, si creemos en la independencia judicial, ignoran por definición cualquier planteamiento ajustado a la idoneidad de lo político y tan solo están para ser cumplidas. Las apreciaciones de naturaleza política –esta es la dificultad con la que se encuentra el Ministerio de Cultura– deben quedar orilladas. Su cuestionamiento, incluso su mínimo debate por las autoridades políticas, no hace sino introducirnos en el siempre delicado terreno de las justificaciones, que solo permiten el sostenimiento del daño causado sin ningún tipo de resarcimiento posterior.

En este mismo sentido, se muestra absurda la interpretación que fija la existencia de un supuesto ventajismo en la oportunidad de esta providencia judicial. El litigio de Sijena no responde a un conflicto reciente; tristemente posee un prolijo historial repleto de dilaciones e incumplimientos que evidencian la naturaleza de una reclamación que ya tarda demasiado tiempo en ser resuelta. La historia, en ocasiones, queda escrita por la casualidad y también, por qué ignorarlo, por una simple acumulación de factores. Si en el pasado la condición política del Gobierno de la Generalitat actuó como freno por su cerrazón y desprecio a las sentencias de los tribunales, no resulta ahora contrario a derecho el aprovechamiento de una apertura concedida por el artículo 155. Asegura el ministro que estudiará "con diligencia" el mandato judicial, cuando lo que urge es que se adopte, a la mayor brevedad, sin retrasos y sin nuevos vericuetos que entorpezcan el retorno, un calendario que fije la devolución (Sijena cree que un mes de plazo es suficiente). No cabe duda de la incomodidad que implica para el actual momento preelectoral que vive Cataluña esta providencia, pero también debe quedar claro que desde Aragón solo se ha buscado la justicia, nunca el oportunismo.

Mikel Iturbe

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *