EL caso del galeón San José debe hacernos reflexionar sobre cómo ha podido una sola persona, en concreto un antiguo socio de Odyssey Marine –la empresa que destruyó el yacimiento de la fragata Mercedes y otros muchos– tomar decisiones fundamentales sobre el destino de uno de los pocos testimonios comunes, no destruidos, de la historia que compartieron las sociedades hispanas. Me refiero al presidente colombiano Santos.
Desgraciadamente, nada en la concepción de este expolio ha sido el fruto de una improvisación. La metódica sucesión de espontáneas coincidencias en Colombia desde la llegada de Santos al poder ha sido exponencial: coincidencias regulatorias, judiciales, societarias, financieras…
Por eso es tan llamativo que lo peor en materia de comunicación política y lo peor en materia de argumentación jurídica sea lo que ha salido de los laboratorios financiados por el señor presidente:
1º. La política mediática se ha dirigido a apelar al más disparatado antagonismo natural entre la sociedad europea y americana, la hispanofobia y el nacionalismo de víscera en blanco a las órdenes oportunistas del poder.
2º. El fundamento jurídico principal es nada menos que la rescatada, suponemos del baúl de un sargento, Ley de 16 de octubre de 1821, del Congreso General de Colombia, una ley nacida del estado de guerra de la independencia frente a España, que en su artículo 1 expresa que «libertada por las armas de la república cualquiera provincia, ciudad o lugar deberán ser secuestradas y confiscadas todas las propiedades que se encuentren en su territorio correspondientes al gobierno español». Es decir el justo título del presidente Santos, según su Consejo de Estado, es la vigencia de la guerra de independencia al menos hasta que Colombia reclamó aguas territoriales y zona contigua hasta donde reside el yacimiento. Hablamos, en términos temporales, hasta bien entrado el sigo XX.
A la locura de las argumentaciones, e intentando inundar a la sociedad civil de infinita y jerga jurídica y ocultar la verdadera operación económica, más digna del orden jurisdiccional penal colombiano y español, que del éxito, los pliegos de licitación articulaban un extraño mecanismo para pagar en especie a la empresa cazatesoros que se asociase con el Gobierno colombiano. Se pagaría con un porcentaje significativo del valor del contenido metálico del yacimiento del San José, valorado no en su precio de mercado, es decir, no al valor numismático (caso de monedas) o de coleccionismo en casa de subastas para el caso de otros objetos, sino al peso del metal. Todo este valor «extra» que obtiene la empresa cazatesoros del Estado colombiano no está explicado ni justificado en los pliegos o en sus antecedentes con lo cual hablamos de un detalle, caído por el camino, fugado que diría un mago, que por su cuantía no parece un accidente de la memoria o del azar, sino deliberadamente ocultado a la atención pública en un océano de folios. Esta grave irregularidad debería no sólo paralizar este proceso sino provocar la intervención inmediata de las fiscalias correspondientes.
Cientos de páginas que se bifurcan a ninguna parte y que de pronto se detienen en regular lo obsesivo. Unos textos capaces de convertir lo más superfluo en lo jurídicamente necesario: «En las audiencias que llegaren a ser programadas por el Ministerio de Cultura, los interesados y manifestantes deberán abstenerse de proferir juicios de valor contra personas naturales o jurídicas, ni podrán referirse a asuntos personales de otros interesados y manifestantes». El mismo tipo de reglas sin ningún valor pensadas para una taberna de piratas de Stevenson. «En las audiencias, los interesados y manifestantes deberán guardar compostura, no levantar la voz y hacer uso de la palabra únicamente cuando les sea concedida».
Lo más irónico es que las he leído… un texto insoportable para cualquier espíritu libre, más venenoso que la biblia negra del conde de Cagliostro, más aborrecible que la autobiografía de Hitler, más simulado que Los protocolos de los sabios de Sión, más decididamente oculto que las actas del Wilderberg, más enrevesado que la contabilidad del «procés», el sumario del 11-M, la estructura del caso Púnica (en el que he sido abogado) y la teología bizantina; de ese engendro lo único claro es que el valor de mercado de lo que se entregue a los cazatesoros será mucho mayor, entre un 5.000 por cien y un 10.000 por cien (sólo en lo referido a las monedas) que la cantidad que se considere como pago y que, por lo tanto, los colombianos abonarán a los cazatesoros por lo menos más de 50 veces lo pactado. En España no sería legal ¿puede ser esto legal en Colombia?
En este crimen pretende estar el fondo Marshall Wace a través de empresas interpuestas, así como otros socios históricos de Odyssey: Swire o Woods Hole Oceanographic Institution.
Lo que está en juego no es sólo económico, tiene un fondo político: Paul Marshall, uno de los dueños del Brexit y del fondo de inversión más político de la historia (el citado Marshall Wace), que ha arrasado recientemente las bolsas italianas, quiere contar nuestra historia. Y él y sus socios quieren un antecedente político que desvirtúe la inmunidad soberana de los buques hispánicos en aguas americanas. A la industria cazatesoros y a la guerra sucia cultural les es imprescindible. La otra pregunta que subsiste es ¿porqué el nuevo gobierno colombiano habría de mantener este procedimiento en vigor? La respuesta le interesa al otro 99,99 por ciento de la humanidad.
José María Lancho, abogado y escritor.