Un mercado sin libertad no es un mercado

Aunque llegar a conclusiones incorrectas a partir de premisas correctas es tan viejo como la propia filosofía —hasta tiene un nombre griego—, sigue siendo algo frecuente de ver hoy en día.

En relación al artículo de opinión Un mercado sin ley ni esperanza, publicado recientemente en EL PAÍS, estoy de acuerdo con el fracaso de la reforma eléctrica, más que nada, porque no era tal, tan solo era una reforma legal para amparar actuaciones que sin ella eran contrarias a derecho. También comparto que el Ministerio de Industria se ha contradicho a sí mismo, y que las acusaciones realizadas a partir de la subasta para fijar un precio de la energía de la Tarifa de Último Recurso no estaban justificadas.

Por el contrario, mi desacuerdo en las conclusiones es total.

La premisa de que la modificación de la estructura de las tarifas de acceso, dando más peso al término de potencia, se ha hecho de forma chapucera, probablemente sea cierta, pero de aquí no se deduce que la nueva estructura sea mejor ni peor que la anterior. De hecho es mejor. En primer lugar, hay que recalcar que estamos hablando de tarifas de acceso que son las que no incluyen la energía, solo los costes regulados: peajes, primas y otros. La CNE ya dijo a este respecto que la práctica totalidad de la parte de las tarifas de acceso, correspondiente a los peajes, que era lo que a ella se le había encargado, son costes fijos que no se reducen porque se reduzca el consumo. La otra parte: primas, amortización del déficit, políticas territoriales y otros costes, también. Una tarifa de acceso con un término variable ficticio es un engaño que tiene consecuencias; hacer creer a los consumidores que reduciendo su consumo, o sustituyéndolo por otras fuentes, se reducen determinados costes que, en realidad, siguen siendo los mismos, a lo que conduce es a que unos clientes pasen a pagar los costes que otros dejan de hacerlo.

Proponer una quita a las eléctricas es una medida populista, no hay que dar ninguna explicación para realizarla y suena muy bien. Pero sí que es necesaria una explicación. El Gobierno crea a finales de 2012 unos impuestos a los generadores de electricidad con el propósito de pagar con ellos parte de las primas a las renovables y cogeneración, así mismo aprueba una ley para que los Presupuestos Generales del Estado aporten 2.200 millones con el mismo fin y así cubrir, con ambas medidas, aproximadamente la mitad del importe total de primas. De repente, cambia de opinión: anula la ley para no tener que aportar los 2.200 millones, unos 500 millones de los impuestos a la generación se quedan en las comunidades autónomas y modifica la ley por la que los Presupuestos del Estado debían cubrir el 50% del coste de mantener en las islas las mismas tarifas que en la Península para que no cubran nada, lo que hace que aumenten en 900 millones los pagos a realizar con cargo a los ingresos de las tarifas. En total, los 3.600 millones de los que tanto se ha hablado. ¿Qué pintan las eléctricas en todo esto? La ley obliga a cinco empresas (las “eléctricas”) a prestar el dinero necesario para pagar las actividades reguladas cuando los ingresos de tarifas sean insuficientes, es decir, son las que financian el déficit. Recientemente el Tribunal Supremo ha determinado que esta obligación impuesta a las “eléctricas” no es ilegal, siempre y cuando esté garantizada su recuperación y el coste de su financiación a tipos de mercado. Es obvio que una quita lo haría palmariamente ilegal. Una quita a quien ha prestado un dinero por imposición legal para que cobren otros es un sinsentido, pero, sobre todo, es ilegal; tanto que no bastaría cambiar una ley para arreglarlo, habría que dejar de ser un Estado de derecho.

Las propuestas de abandonar el mercado marginalista o el establecimiento de limitaciones a la competencia mediante la discriminación de determinadas instalaciones de producción son una cuestión ideológica defendida por algún partido cuando está en la oposición, pero no es una opción para un país que debe respetar el derecho de la Unión Europea. Aún queda bastante para que el mercado interior de la energía sea una realidad en la Unión Europea, pero las bases legales hace tiempo que están establecidas en el derecho comunitario, no son otras que la libre competencia, la no discriminación entre agentes y el despacho de la producción por precio y no por coste.

La Unión Europea, y por tanto España, ha impuesto límites a la integración vertical de las actividades eléctricas: ninguna empresa puede efectuar actividades reguladas y no reguladas simultáneamente. Nadie ha encontrado razones para restringir la libertad de empresa, imponiendo restricciones a la propiedad, y en esto España no es diferente a sus vecinos, salvo en que la actividad de transporte es, por ley, un monopolio en el que no pueden participar las “eléctricas”.

Lo que siempre se olvida, a pesar de que es una de las causas principales, junto a las primas, de la falta de competencia en el suministro eléctrico en España, es el mantenimiento de una Tarifa de Último Recurso, fijada administrativamente por debajo del coste real de suministro y con la que ningún comercializador puede competir. El único cambio de la reforma energética ha sido cambiarle el nombre, porque llamar de último recurso a una tarifa a la que tienen derecho el 100% de los consumidores domésticos y un gran número de pequeñas y medianas empresas es, cuanto menos, un contrasentido. A partir del 27 de diciembre de 2013 se llama Precio Voluntario al Pequeño Consumidor, pero solo ha cambiado el nombre, absolutamente nada más.

Alberto Bañón es director de Regulación de UNESA

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