Una Europa de jueces

Cuando el drama financiero griego está llegando a su lamentable desenlace, otra crisis se perfila para el proyecto europeo: esta vez en Alemania, comenzando con una causa que ahora tiene ante sí el Tribunal Constitucional de Alemania.

Fuera de la enrarecida atmósfera de las cumbres de la UE (que hasta ahora han ido dando forma a la reacción de la Unión ante los acontecimientos de Grecia), otros protagonistas institucionales han estado –y están– dando forma al sistema de la UE. En particular, los tribunales han impulsado la integración europea tanto como los políticos.

El poderoso Tribunal Europeo de Justicia (TEJ), en particular, ha sido criticado con frecuencia por utilizar la legislación europea para disfrazar un programa integracionista. Sin las doctrinas del “efecto directo” y la “primacía” del TEJ y sin los tribunales nacionales dispuestos a aplicar esas doctrinas en sus jurisdicciones, lo más probable es que la UE no habría alcanzado el nivel de integración que tiene.

Los tribunales nacionales pueden examinar los efectos de la integración europea en sus instituciones constitucionales y democráticas, afirmando o rechazando que ya se ha producido o poniendo límites a los acuerdos supranacionales que podrían afectar aún más a la soberanía nacional.

Se trata de algo importante, porque en mayo de 2010 un grupo de prominentes economistas alemanes, encabezados por Joachim Starbatty, entabló un pleito ante el Tribunal Constitucional alemán en el que sostuvieron que la ayuda a Grecia y el nuevo fondo de rescate financiero de Europa violaba el artículo 125, la llamada cláusula de “no rescate” del tratado de la UE. El Tribunal comenzará a entender de la causa el 5 de julio.

El Tribunal Constitucional de Alemania ha sido uno de los que más han destacado al declarar los que considera límites apropiados de la integración de la UE, de conformidad con la Ley Fundamental (Constitución) del país. En varias sentencias que sentaron jurisprudencia, el Tribunal ha expresado escepticismo sobre cualquier avance hacia una UE federal.

En 1993, al pronunciarse sobre la ratificación del Tratado de Maastricht, los jueces expresaron reservas claras sobre la dirección del proceso de integración europea. Su argumento principal fue el de que las deficiencias de los procedimientos democráticos en el nivel de la UE requerían que el Bundestag alemán conservara un número importante de competencias normativas.

Por la misma razón, la competencia para decidir sobre la concesión de nuevas competencias tenía que seguir siendo una prerrogativa del Estado alemán y no se podía transferir a la UE. Resultó decisivo que el Tribunal afirmara, además, su autoridad para invalidar leyes europeas, en caso de que los jueces considerasen que carecían de fundamento en los tratados europeos.

En otra resolución que sentó jurisprudencia, de junio de 2009, el Tribunal impuso como condición para la ratificación por parte de Alemania del Tratado de Lisboa la aprobación de una nueva legislación que concediera al Bundestag mayores poderes de fiscalización de los asuntos europeos. El Tribunal se basó en las mismas doctrinas constitucionales y concepciones de la soberanía expuestas en su sentencia relativa al Tratado de Maastricht.

Ahora, el tribunal de Karlsruhe tendrá que determinar si el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEE), recientemente acordado, es coherente con La Ley Fundamental. El riesgo de que los jueces consideraran ilegal el MEE desempeñó un papel no poco importante en las gestiones hechas en los últimos meses por la Canciller Angela Merkel y el Presidente Nicolas Sarkozy para vincular a la UE a un marco de gobernación económica revisado y más intervencionista mediante una enmienda de los tratado vigentes.

El nuevo debate sobre la soberanía que ha habido en Alemania y otros Estados miembros no se ha debido simplemente a la crisis de la deuda, sino también a una serie de sentencias polémicas del TEJ y, muy en particular, a la interpretación dada por el Tribunal a las libertades de establecimiento y prestación de servicios articulada en sus resoluciones Viking, Laval y Ruffert.

Algunos de los representantes públicos más dignos de confianza han expresado públicamente el descontento en Alemania con las repercusiones acumulativas de dichas resoluciones. En septiembre de 2008, por ejemplo, el ex Presidente Roman Herzog publicó una diatriba titulada “¡Hay que parar al TEJ!”. Acusó a los jueces de Luxemburgo de apoderarse de competencias cada vez mayores a expensas de los Estados miembros e instó al Tribunal Constitucional a que invalidara varias sentencias polémicas del TEJ.

La andanada de Herzog resonó por toda Europa, donde ya hacía algún tiempo que había considerable inquietud ante el “activismo judicial” y lo que algunos consideran una tendencia irreversible a la potenciación del TEJ y otras instituciones de la UE. En muchos Estados miembros, las resoluciones del TEJ han producido una reacción violenta, en particular en la izquierda, y los sindicatos y los movimientos sociales han puesto la mira en el supuesto celo del Tribunal a la hora de inclinarse a favor de las empresas frente a los intereses de los trabajadores. Semejantes argumentos se expusieron con éxito durante los referendos de 2005 sobre el Tratado Constitucional en Francia y en los Países Bajos y en Irlanda durante el referéndum sobre el Tratado de Lisboa.

De hecho, el Tribunal Constitucional de Alemania no es el único que ve la amenaza para el orden legal de la UE. En Irlanda, un asediado gobierno de coalición impulsado por la necesidad de aplicar la austeridad podría muy bien no tener otra opción que la de celebrar un referéndum sobre el Mecanismo Europeo de Estabilidad. Es casi seguro que los grupos euroescépticos pedirán al Tribunal Supremo irlandés que se pronuncie sobre la constitucionalidad del MEE.

El Gobierno de Irlanda ha declarado enfáticamente que cualesquiera enmiendas del Tratado de Lisboa relativas a reformas de la zona del euro que se hagan no requerirán un referéndum. Su razonamiento parece ser el de que los cambios propuestos en modo alguno superan lo que exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el MEE no modifica el alcance ni los objetivos esenciales de la UE.

Si el Tribunal Supremo irlandés resolviera que el MEE requiere consentimiento popular, la UE se encontraría ante la perspectiva de otro referéndum irlandés sobre Europa. Así, pues, Irlanda podría desempeñar aún un papel tan importante  como Alemania en la determinación del futuro de cualesquiera enmiendas del orden constitucional de la UE y los altos tribunales de cada uno de los países desempeñarán un papel tan importante como los políticos en el proceso de dar forma al futuro de Europa.

John O’Brennan, profesor de Política Europea en la Universidad Nacional de Irlanda Maynoothe (NUIM) y miembro del Centro para el Estudio de una Europa Mayor en la NUIM. Traducido del inglés por Carlos Manzano.

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