Una ley en tiempos de fuerte crisis

El proyecto de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación ha llegado al Parlamento. Ha sido un texto de elaboración larga y difícil y que no tiene el consenso de algunos de los actores a los que va dirigido, como las sociedades científicas o los sindicatos. Ciertamente, una lectura de la última versión deja la impresión de un texto que, a fuerza de querer incluir temas y de negociar con diferentes grupos, no acaba contentando a nadie. Y en él no figura un modelo claro de cómo se puede gestionar la ciencia española y ponerla al servicio del conjunto de nuestra sociedad.

El texto, si cambios políticos de mayor envergadura no acaban provocando algo distinto, será examinado en el actual contexto de crisis económica. Se supone que las crisis son la oportunidad para optimizar los recursos. Ya sea en la discusión de enmiendas o en el desarrollo posterior de la ley, se deberían presentar ocasiones para que esta perspectiva se tuviera en cuenta.

El texto del proyecto de ley es largo, ocupa 44 páginas del Boletín Oficial de las Cortes Generales y comienza con un largo preámbulo destinado a justificar la necesidad de la reforma de la vigente ley de 1986. Muchos estaremos de acuerdo en que esta ley funcionó bien, pero ha quedado superada por el desarrollo de la ciencia en España y por los cambios del entorno europeo y autonómico. Pero también la legislación del Estado ha ido cambiando y, en muchos casos, ha introducido normas que entorpecen la actividad científica. De hecho, hasta 19 disposiciones adicionales, cinco transitorias y 11 finales de la nueva ley están dedicadas a modificar leyes existentes. Una actividad científica moderna necesita reglas distintas de las que rigen la Administración del Estado y cuya aplicación hace que se pierdan recursos por todas partes. Es probablemente la parte más útil de la misma y justifica que se presente el texto. Pero el resto de disposiciones no parecen seguir la misma regla. Un análisis pormenorizado de un texto tan prolijo es casi imposible, pero basta considerar unos ejemplos para indicar las limitaciones del texto.

Si nos planteamos que los recursos de las instituciones públicas dedicados a investigación se gasten eficientemente, debemos asegurarnos que su distribución sea lo más eficaz posible. No hay mayor despilfarro que financiar malos proyectos, financiar mal los buenos proyectos o hacer perder tiempo y energía a gestores e investigadores en procedimientos pensados para otras funciones. Esto es lo que puede estar ocurriendo en la actualidad con la gestión que se lleva a cabo directamente por el Ministerio. Una agencia bien diseñada podría ser un marco más adecuado para una gestión de calidad, transparente y ágil de los recursos dedicados a la ciencia con el mínimo esfuerzo económico y de personal. Ejemplos como la Organización Europea de Bilogía Molecular (EMBO) o el European Research Council deberían convencer a todos de que entidades independientes y ágiles son más eficientes y baratas a la hora de gestionar recursos. Lo curioso es que una Agencia de Evaluación, Financiación y Prospectiva de la Investigación ya fue creada en la Ley de Agencias el año 2006. Parece que la oposición de algunos Ministerios impidió su puesta en marcha. Nada parece garantizar que esta vez no ocurrirá lo mismo.

Una parte muy importante de la ley es la dedicada al personal. Se crean nuevas figuras contractuales; sin embargo, el mensaje que se transmite es que el personal científico y técnico de la investigación realizada en organismos dependientes del Estado dependerá principalmente en la función pública. Y no se habla del personal de gestión de la investigación, que se supone es también funcionario.

La experiencia ha demostrado que en la función pública ni los actuales procesos de selección garantizan que el personal científico o técnico sea el adecuado, ni su estatuto les permite la motivación y la flexibilidad que serían necesarias para responder a las necesidades actuales. En los organismos públicos de investigación se abonan cada mes miles de nóminas de personal mal pagado y sin perspectivas profesionales. Si, además, tenemos en cuenta que en los próximos años la función pública va a disminuir de tamaño, es difícil pensar cómo se van a cubrir las necesidades de personal en una ciencia que queremos dinámica.

Debería ser posible proponer que los centros adoptaran sistemas de contratación con todas las garantías que fueran necesarias, que estén adaptados a sus necesidades y que pueden ser más atractivos para los trabajadores de la ciencia a sus diferentes niveles.

En la ley hay también capítulos destinados a la reestructuración de los Organismos Públicos de Investigación. Los Centros son la base esencial de la investigación. Hoy se han creado centros por parte de las Universidades, los hospitales o las Comunidades Autónomas. El Estado tiene los Organismos Públicos de Investigación, el más grande de los cuales es el Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

La última reforma en el CSIC y su paso a un estatuto de Agencia Estatal no ha conseguido un funcionamiento más acorde con sus necesidades. Se intuye que la voluntad es que se produzca una fusión de varios de ellos, que ha tenido ya su consecuencia reciente en la eliminación de varias direcciones generales. Algunos de estos organismos tienen funciones de ejecución de investigación, otros de asesoramiento o de gestión de proyectos. Llevar a cabo una reforma tan radical de forma eficiente implicaría partir de definir cuál es la misión que se encarga a estos organismos, cuál es su relación con los otros actores de la investigación y cómo se puede hacer para que se priorice la excelencia científica en ellos, algo que su actual estructura no favorece. No hay nada de ello en la ley, lo que parece indicar que se necesitará algún tipo de disposición posterior para aclararlo.

Entre los científicos hay quienes piensan que la ley no hubiera debido presentarse en esta forma o incluso que mejor sería ninguna ley. Otros observan con fatalismo que el Ministerio de Ciencia e Innovación aparece rutinariamente en la lista de Ministerios que van a suprimirse. Si esto fuera así, y puede haber razones para ello, estaríamos en la tercera reorganización en esta legislatura, tras dos equipos en la anterior y cinco equipos y tres Ministerios en los ocho años de Gobiernos del PP. La inestabilidad no ayuda en una actividad a largo plazo como es la ciencia.

Seguramente, era esperable que, tal como hizo la ley anterior, este nuevo texto hubiera tenido la ambición de delimitar claramente las funciones de los diferentes actores políticos, de gestión, de ejecución y de transferencia de la investigación en el nuevo marco en el que nos encontramos para poner la creciente riqueza de la ciencia española al servicio de la sociedad española. Más bien se ha buscado un texto posible con multitud de pequeños arreglos.

Los tiempos que se avecinan no son fáciles. Los países en los que la ciencia y la tecnología cuentan, como Estados Unidos o Alemania, han dejado fuera de los recortes a la investigación. Pero todos sabemos que hay que optimizar todos los recursos al máximo. Las viejas estructuras están impidiendo que el desarrollo de la ciencia española se haga de forma eficiente y flexible en estrecho contacto con la ciencia universal y con las necesidades de nuestra sociedad.

Algunos aspectos de la presente ley van en esta dirección, pero no todos. El trámite parlamentario parece muy rápido. Si en este tiempo hay posibilidades de mantener lo más valioso y eliminar los aspectos más discutibles, la ley puede ser útil. Si no es así, es probable que se acabe aplicando parcialmente o que requiera ajustes posteriores. Y en este caso, todos habremos perdido el tiempo que, como todos sabemos, es oro. En las actuales circunstancias esto es algo que no podemos permitirnos.

Pere Puigdomènech, profesor de Investigación del CSIC.