¿Una oportunidad para Europa?

En la última década, el apoyo popular al proceso de integración europea ha disminuido gradualmente. Este descenso es, en parte, el reflejo de una insatisfacción con el funcionamiento de la Unión Europea y el modelo europeo que se ha acabado configurando; en otras palabras, somos testigos de un progresivo distanciamiento de los ciudadanos respecto de las instituciones europeas (visible, por ejemplo, en la disminución de la participación en las elecciones al Parlamento Europeo).

En este sentido, la introducción de la figura de la iniciativa ciudadana europea en el Tratado de Lisboa es un cambio sustancial en el papel que los ciudadanos europeos pueden desarrollar, La iniciativa tiene por objeto transferir un cierto grado de poder a los ciudadanos para iniciar procedimientos legislativos. Actualmente estamos al final del proceso para aprobar el reglamento que debe regular esa forma en que los ciudadanos europeos podremos dirigirnos a la Comisión Europea para proponer una ley europea.

No es nuevo para los europeos que podamos interpelar a las instituciones democráticas de los respectivos países para pedir el inicio de un trámite legislativo cara a aprobar una ley. En Catalunya lo hemos vivido recientemente. ¿Qué pasará a nivel europeo? Creo que la actividad de los ciudadanos será abundante; o sea, que harán un uso activo de esta herramienta, y que nos sorprenderá el interés en tramitar o iniciar procesos de redacción de leyes europeas. Se habrá cumplido finalmente el objetivo de Alain Lamassoure y Jürgen Meyer, que ya en el 2004 publicaron un libro (Transnational democracy in the making) en apoyo de canales democráticos más directos.

Sin entrar en excesivos detalles técnicos, vale la pena decir que la propuesta de regulación de la iniciativa ha sido trabajada por el Parlamento Europeo y que, después de la consulta a la ciudadanía mediante el libro verde, la Comisión elaboró en marzo una propuesta con un buen número de artículos y anexos, entre los que destacan varias conclusiones. Las virtudes del texto se pueden agrupar en cuatro bloques. En primer lugar, tendremos un instrumento al alcance de la ciudadanía de los 27 estados miembros para iniciar un acto legislativo. En segundo lugar, se confía enormemente en las nuevas tecnologías. En tercer lugar, se pide una estricta transparencia de la descripción de los fondos económicos que deben facilitar la organización de la iniciativa, para conocer cuáles son las personas u organizaciones que están detrás de ella. Y, finalmente, se hace partícipes a los estados miembros del proceso de recogida de firmas.

Pese a todo, hay preguntas que todavía no tienen respuesta aunque podrán tenerla pronto. También hay otras que creo que no la tendrán aún y que deberemos esperar a ver cómo se desarrollan las primeras iniciativas. Un elemento clave: ¿no son demasiadas las 300.000 firmas que pide la Comisión para registrar la iniciativa? Una vez iniciado el proceso, los organizadores tendrán que recoger un millón, pero antes se les pide que obtengan esas 300.000 de tres países diferentes. Otro aspecto importante: la propuesta no solo debe tener el apoyo de un millón de ciudadanos, sino provenir de un número determinado de estados miembros (un tercio o un cuarto). La cuestión es que no se está promoviendo la integración europea, ya que estamos más pendientes de las realidades nacionales que de lo que sucede en la Unión.

Por otra parte, la valoración de la Comisión y los adjetivos que usa para decidir si una propuesta es válida o no son poco concretos. La regulación hace mención del posible carácter abusivo y no riguroso de la iniciativa. Estos adjetivos dejan demasiado margen de discrecionalidad a la Comisión para considerar no válida una iniciativa.

Finalmente, se dice que la Comisión debe tener una motivación jurídica y no política a la hora de valorar la propuesta. Visto lo que indica la propuesta de reglamento, eso no se producirá tan fácilmente y el carácter técnico que se pide a la Comisión será una ilusión. Así lo vemos tanto por la forma en que se prevé la arbitrariedad de la Comisión para admitir una iniciativa y registrarla como por el hecho de que una vez recogidas las firmas puede decidir no iniciar el proceso legislativo y apartar la iniciativa sin más.

Estas y otras son preguntas que con toda seguridad irán surgiendo, pero confiemos en que la Comisión y la experiencia de las personas con responsabilidad en el organismo den una solución para que la iniciativa legislativa popular se convierta en una herramienta democrática para hacer participar a los ciudadanos europeos en el proceso de integración europea, y confirme la sentencia de Rousseau que nos recuerda Kaufmann: «Las personas necesitan leyes para el gobierno de la vida pública; si todo el mundo está implicado en el diseño de esas leyes, en el análisis final cada cual solo tendrá que obedecerse a sí mismo. El resultado: autorregulación en lugar de dominación de unos sobre otros».

Max Vives-Fierro, director de la Fundació Catalunya Europa.