Vendo patera. Razón: Melilla

En los dos últimos saltos a la valla de Melilla de hace unos días, consiguieron cruzar a la Ciudad Autónoma unos 850 inmigrantes. Todos pidieron asilo. Todos.

El asilo, o protección internacional, es un derecho humano reconocido internacionalmente cuyo fin es otorgar protección (residencia y permiso de trabajo) a aquellas personas que huyen de sus países por miedo a morir o sufrir tratos inhumanos o degradantes por sus ideas políticas, raza, religión, nacionalidad, orientación sexual o grupo social, entre otras circunstancias. Se trata de una figura excepcional que, evidentemente, no abarca la migración por motivos económicos.

¿Esto significa que esos 850 inmigrantes que llegaron a Melilla y pidieron asilo estaban perseguidos en sus países? ¿También los cientos de marroquíes que, debido al cierre de la frontera terrestre con Nador por razón de la pandemia, se quedaron atrapados en Melilla y que, también ellos, pidieron asilo? El sentido común nos dice que no, claro. ¿Qué ocurre entonces?

Vendo patera. Razón: MelillaAntes, a los solicitantes de asilo en Melilla no se les permitía salir de la ciudad hasta que se resolvía su solicitud. Ello desincentivaba las peticiones de asilo, dado que el inmigrante que llegaba y llega a Melilla lo que quiere es pasar a la Península y de ahí a Europa, y no quedarse esperando en la ciudad a que finalice el largo proceso de asilo. Y menos cuando, como ocurre la mayoría de veces, el asilo finalmente se le deniega. No ha recorrido miles de kilómetros, jugándose la vida, para quedar atrapado en Melilla sin más horizonte que la expulsión. Solución, aunque lo merezca, no pido asilo y espero algún traslado a la Península.

Esto ha cambiado. Y es que el reglamento de extranjería es muy claro: admitida a trámite la solicitud de asilo, se da al interesado un documento que le habilita para permanecer en el territorio español durante la tramitación del expediente. Y tan territorio español es Melilla como Málaga o Zaragoza. Ha tenido que llegar el Tribunal Supremo para, en su sentencia de 29 de julio de 2020, evidenciar que la permanencia en territorio español es «sin distinción de lugar o limitación a una parte del territorio nacional». Esta sentencia, y algunas resoluciones de los juzgados de lo contencioso-administrativo de Melilla aplicándola, han modificado la situación: ahora los solicitantes de asilo pueden cruzar a la Península. Y los inmigrantes lo saben.

Eso sí, para poder moverse libremente por el país no basta con pedir asilo, sino que dicha solicitud debe ser admitida a trámite. La admisión a trámite es un paso previo que busca filtrar las solicitudes, a fin de estudiar a fondo sólo aquéllas que presenten una apariencia de credibilidad.

Pero eso no es problema. Primero, porque los inmigrantes, convenientemente asesorados, cada vez más saben qué decir y cómo para sortear este escollo. Y segundo porque, cuando el personal encargado de atender las solicitudes es insuficiente, y éstas son muchas, la mayoría de ellas no pueden revisarse a tiempo. A tiempo de que no se produzca el efecto que prevé nuestra ley: si en 30 días no se dice nada (silencio), la solicitud se admite a trámite automáticamente; cuatro días si la solicitud se hace en puesto fronterizo.

Y eso es lo que está pasando. Cientos de solicitudes de asilo se están admitiendo a trámite, la mayoría sin poder examinarlas. Y con la admisión a trámite, estas personas ya son libres para moverse por el país, incluso de llegar a otros países europeos.

Al final, después de admitidas a trámite, y tras muchos meses, casi todas estas solicitudes de asilo se denegarán, al tratarse, sobre todo, de migrantes económicos, que no eran perseguidos por sus ideas o condición. Podría pensarse que, entonces, al quedar en situación irregular, serán expulsados. Pero eso no es tan fácil.

La previsión legal es que, cuando, se solicita asilo, se suspende cualquier procedimiento que hubiese en trámite para la devolución o expulsión del inmigrante. Se espera a ver qué pasa con el asilo antes de proseguir con ello. Si el asilo se concede, no habrá expulsión. Pero si se deniega, se podrá reanudar y continuar tramitando la expulsión (salvo que el inmigrante vuelva a pedir asilo, en cuyo caso se suspende de nuevo el procedimiento). Ahora bien, si tras una o varias suspensiones, finalmente se llega a dictar la resolución de expulsión, el problema entonces será materializarla: a saber dónde está el inmigrante después de tanto tiempo. Eso sí, con la resolución de expulsión se acompaña una prohibición de entrada, y ésta se anota en los sistemas policiales europeos, por lo que, si alguna vez se localiza al inmigrante, se podrá proceder a su devolución.

Pero es que puede que nunca llegue a dictarse una resolución de expulsión. Desde Madrid se ha dado la instrucción de que, si se solicita asilo antes de empezar con el procedimiento de expulsión, no se inicie el mismo. Eso significa que, si se deniega el asilo, habrá que empezar el trámite de expulsión desde cero, pero eso es muy complicado sin la presencia física del inmigrante, que hace meses que se fue de Melilla, sobre todo si se quiere salvaguardar sin fisuras su derecho a un abogado, entre otros. El procedimiento de expulsión podría ni llegar a iniciarse.

Toda esta combinación de (falta de) medios, normas e instrucciones está llevando a una abusiva utilización del asilo, convirtiéndose en algo totalmente ajeno a su naturaleza: un mecanismo de entrada de la inmigración irregular. Y ello con el pleno conocimiento de las ONG que trabajan con refugiados y el aliento de algunas autoridades, entre ellas la Oficina del Defensor del Pueblo, siempre dispuesta a levantar el teléfono e indagar preocupada por qué, en un salto, unos pocos inmigrantes, de cientos, no han solicitado asilo.

Y la situación va a empeorar. Porque ahora pedir asilo en Melilla es muy complicado (hay que atravesar una valla). Pero cuando se produzca la reapertura de la frontera terrestre entre Melilla y Marruecos, nada impedirá que miles de marroquíes y de nacionales de otros países africanos pidan asilo en el puesto fronterizo, con la consiguiente admisión a trámite automática de la solicitud y la posibilidad de viajar a Europa.

A eso me refería con el exagerado título de este artículo: no hará falta patera, teniendo ahí Melilla.

A muchos, esto les parece muy bien, desde un punto de vista humanitario. Pero sólo si lo humanitario se mira con gafas simples, buenistas y cortoplacistas. En verdad no es bueno en absoluto.

Se trata, para empezar, de un camino muy insatisfactorio. Para el Estado y sus servidores, que pretenden que se cumpla con la normativa de extranjería. Pero también para el inmigrante, al que, cuando finalmente se le deniegue el asilo, su situación irregular le empujará a vivir en el primer mundo como ciudadano de segunda, sin acceso a muchos servicios y obligado a esconderse para no ser identificado y expulsado. Podrá ser víctima de delitos, incluso de trata de seres humanos, y no se atreverá a denunciar por miedo al retorno.

Además, esta proliferación de peticiones de asilo perjudica a quienes son verdaderamente perseguidos y piden asilo, cuyas solicitudes, debido a la sobrecarga, se retrasan meses y meses. Conozco a un juez afgano que escapó a España tras la reinstauración del régimen talibán, y que lleva desde el año pasado esperando el asilo para poder reunirse con su familia, huida en otro país.

Finalmente, desvirtuar una figura tan importante, convirtiéndola en una gatera por la que colarse, lo que va a propiciar es que Europa, cuando se harte, acabe reaccionando por la vía rápida, obligando a restringir la regulación del asilo (eliminación de automatismos, reducción de garantías, etc.). Ello, nuevamente, perjudicará a los auténticos destinatarios del asilo.

Supongo que nadie quiere eso. Yo, desde luego, no. Me gustaría que quienes son perseguidos por razón de sus ideas o condición puedan encontrar amparo en España, de forma rápida y sin obstáculos.

Pero para eso debemos dejar de engañarnos.

Fernando Portillo Rodrigo es juez decano de Melilla.

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