Vigencia de los Acuerdos Iglesia-Estado

El triunfo de la moción de censura ha transformado de forma súbita la realidad española. El nuevo gobierno socialista parece empeñado en abrir una fase de revisión de la política llevada a cabo por el Partido Popular. Una revisión que afecta a diversos ámbitos fundamentales, entre otros las cuestiones relacionadas con la Iglesia y su propuesta para la sociedad española. En este contexto de nuevos aires, que por desgracia no son nuevos ni renovadores en sus principios, conviene reflexionar sobre la vigencia de los Acuerdos entre la Santa Sede y el Estado español y sobre la necesidad de afrontar cualquier propuesta de cambio en unos cauces de conveniente entendimiento de acuerdo con la naturaleza y el valor de la propuesta social de la Iglesia y del respeto que merecen los derechos fundamentales de la población creyente en el marco de la libertad religiosa y de creencias.

Lo primero es la memoria. Los Acuerdos actualmente vigentes se inscriben escrupulosamente dentro del marco constitucional, por más que se diga o se quiera decir lo contrario. Sus fundamentos básicos siguen teniendo plena actualidad. Porque tanto el principio de libertad religiosa, como el de respeto y colaboración entre la Iglesia y el Estado, siguen siendo esenciales a la hora de configurar unas sanas relaciones en un Estado aconfesional y pluralista como el español. El Estado no debe obviar el valor social del hecho religioso, ni tampoco el notorio arraigo que la Iglesia católica tiene en la sociedad española. Reconocerlo no significa asumir la existencia de privilegio alguno. Es, simplemente, aceptar lo obvio. Es decir, aceptar el hecho de la objetiva mayoría social que esta Iglesia tiene en España.

El principio de libertad religiosa puede interpretarse, de forma errónea, como la ausencia de obligaciones por parte del Estado hacia cualquier manifestación religiosa. De esta forma sería superfluo establecer Acuerdos con las distintas confesiones. Sin embargo, el principio de no confesionalidad y la fundametación de la libertad religiosa no tienen una única forma de expresarse y preservarse. No hay una única vía de laicidad del Estado, esta puede y debe adecuarse a las específicas realidades históricas e identitarias de los distintos países sin que ello afecte al fundamento del principio.

Los Acuerdos actuales han funcionado de forma satisfactoria. Por supuesto que ha habido algunos problemas y más de un incumplimiento. Pero, en general, su desarrollo ha sido positivo, lo que ha hecho que el Estado no se haya planteado seriamente su denuncia, y que la Iglesia católica, en concreto la Conferencia Episcopal, haya considerado velar por su mantenimiento. Con todo, no se puede dejar de considerar que la sociedad española ha profundizado de forma significativa en su acelerada secularización. Y esto se refleja en un debilitamiento de la centralidad de determinados aspectos relacionados con el hecho religioso en la vida de los españoles.

La relación actual entre la Iglesia y el Estado se focaliza en varios ámbitos. Uno de ellos es el de la financiación. La Iglesia no ha llegado aún a una fórmula de plena autonomía económica, pero está muy cerca. El modelo de la asignación tributaria contribuye a la financiación de las actividades de la Iglesia que se desarrollan en beneficio de la sociedad. Es la sociedad española, una parte relevante de ella, la que utiliza ese cauce para apoyar las acciones de la Iglesia. El acuerdo alcanzado en 2006, durante la presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero, significó un avance considerable en este proceso. Solo resta que la Iglesia comunique de forma efectiva su creciente independencia financiera, y el carácter profundamente social de su intervención que no sólo supone una ayuda directa para amplios sectores sociales menos favorecidos, sino que asume también ámbitos de actuación como la educación o la sanidad que permiten al Estado limitar sus propias aportaciones en estos sectores.

La Iglesia goza de ciertas exenciones tributarias. En este ámbito, cabe un amplio margen de negociación, pero siempre que se abandone esa exagerada percepción de privilegio que se achaca a la Iglesia, pues varias de esas exenciones son compartidas por otras instituciones sociales. El camino, en esta materia, parece depejado tras las diversas sentencias europeas que obligan a una necesaria adecuación de los compromisos de exenciones tributarias a las normas comunitarias. Además, la Iglesia ha asumido un compromiso de transparencia que le obliga a presentar anualmente una detallada memoria económica en la que especifica sus ingresos y gastos, lo que permite un escrutinio público de sus cuentas que no se aplica a otras organizaciones políticas, sociales o sindicales.

Junto a la financiación, el segundo ámbito recurrente de conflicto ha sido el de la educación y, más en concreto, la asignatura de religión. Los acuerdos establecen la obligación por parte del Estado de situar a la asignatura de religión en unas condiciones que le permitan ser impartida en igualdad respecto al resto de materias fundamentales. Cualquier cambio, como ha señalado recientemente el Tribunal Supremo, no puede realizarse más que a través de un acuerdo entre las partes. Y lo mismo sucede en lo referido al patrimonio histórico-artístico propiedad de la Iglesia. La profunda interrelación entre el catolicismo y la cultura española hace indispensable que el Estado y la Iglesia reconozcan sus derechos y obligaciones mutuas en este tema.

En conclusión, tal y como ha quedado demostrado en una investigación realizada por un grupo de profesores de la Universidad San Pablo CEU, publicada con el título «Hacia unas nuevas relaciones entre la Iglesia y el Estado en la España del siglo XXI» (Editorial Thomson Reuters Aranzadi), los Acuerdos vigentes han permitido una relación estable y satisfactoria tanto para el Estado como para la Iglesia católica. Un modelo que está en el trasfondo de los Acuerdos con otras confesiones cristianas. Pero es evidente que esos Acuerdos fueron fruto de un momento específico, extensión del concepto de consenso típico de la Transición al ámbito de las relaciones entre la Iglesia y el Estado. Por eso mismo pueden y seguramente deberán ser adaptados a la realidad actual de la sociedad española, pero sobre la base de un consenso sin infecciones ideológicas ni presupuestos superados. Un consenso desde la perspectiva del pluralismo y desde la perspectiva de colaboración positiva entre el Estado y la Iglesia, tal y como viene impuesta por la Constitución.

Marcelino Oreja Aguirre, de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *