¿Redistribuir o transferir?

Por Guillem López, catedrático de Economía de la Universitat Pompeu Fabra y consejero del Banco de España y Jordi Pons Novell, profesor de Economía Aplicada de la Universitat de Barcelona (EL PERIODICO, 24/05/05):

Hace unas semanas, los tres socios del Gobierno tripartito catalán presentaron su propuesta de financiación autonómica, que deberá ser discutida en la ponencia del Estatut. En esta propuesta se establece la diferencia entre la aportación que tendrá que hacer Catalunya por los servicios que presta el Estado (artículo 5), y la que efectuará en concepto de solidaridad para lograr que los servicios prestados por los diferentes gobiernos autonómicos a sus ciudadanos puedan alcanzar niveles similares, siempre que realicen un esfuerzo fiscal similar (artículo 7). La Fundación Irla ha editado recientemente el estudio Anàlisi dels fluxos redistributius territorials a l'Estat espanyol, en el que hemos definido y cuantificado un conjunto de 12 principios que podrían o deberían inspirar la solidaridad en un nuevo modelo de financiación autonómica. Un principio que parece razonable --incluido en la propuesta del Govern y destinado a cumplir con la solidaridad entre las comunidades autónomas-- es que la aplicación de los mecanismos de nivelación entre comunidades no puede alterar la posición de Catalunya en la ordenación de las autonomías preexistente, según su renta per cápita. Hemos analizado si en los últimos años se ha cumplido este criterio, bastante lógico, porque reflejaría los posibles excesos que se derivan de los drenajes fiscales implícitos. El método es la comparación del nivel de renta familiar disponible por habitante en poder de compra (es decir, el nivel de renta por habitante, corregido por el nivel de precios de cada comunidad autónoma) entre los años 1995 y 2003, con objeto de constatar si los flujos fiscales han provocado que las comunidades autónomas con déficit fiscal, como es el caso de Catalunya, hayan perdido posiciones en el ránking de renta disponible por habitante.

LOS DATOS publicados por la Fundación de las Cajas de Ahorros Confederadas (Funcas) para los años 1995 al 2003 aportan la respuesta. En uno de sus cuadros, se establece la clasificación de las comunidades autónomas ordenadas de mayor a menor según la renta familiar disponible por habitante en poder de compra (se considera la media española para cada uno de los dos años igual a 100). Allí se constata que, en ese periodo, Catalunya ha pasado de ser la cuarta comunidad con mayor renta por habitante en poder de compra a ser la octava. En ese periodo de tiempo, Catalunya se ha visto superada por el País Vasco, que ha tenido un déficit fiscal por habitante muy inferior al de Catalunya; por La Rioja, que ha tenido un saldo fiscal incluso ligeramente positivo;,y por Castilla y León y Melilla, que han recibido una gran aportación de recursos por habitante procedente del resto de comunidades autónomas. También se ha podido comprobar que, entre 1995 y 2003, el crecimiento de la renta familiar disponible por habitante en poder de compra en Catalunya ha sido inferior al del resto de España, puesto que en el año 1995 la renta por habitante de Catalunya se situaba en un 12,9% por encima de la media española, mientras que en el año 2003 lo hacía en un 10%. Otro principio que parece lógico que debe cumplir la solidaridad entre las comunidades autónomas es que ninguna tenga un saldo fiscal favorable si su renta primaria por habitante (es decir, la renta generada por las familias antes de la intervención del sector público mediante los impuestos directos y las transferencias sociales) se sitúa por encima de la media española. Pues bien, en el periodo 1995-2003 se ha vulnerado este principio de forma sistemática en cinco comunidades autónomas, siendo especialmente significativo el caso de Castilla y León, que en todos los años del periodo considerado ha arrojado un saldo fiscal positivo muy elevado (1.372 euros anuales por habitante de media, que equivalen al 9,2% de la producción anual de esta comunidad autónoma), mientras que su renta primaria por habitante se situaba, según los años, por encima de la media española o ligeramente por debajo. Tampoco parece que sea excesivo pedir que aquellas comunidades autónomas que tengan un saldo fiscal positivo experimenten una disminución de las desigualdades en la distribución de la renta dentro de su territorio.

NO ES ASÍ. Con los datos elaborados por Francisco J. Goerlich y Matilde Mas (Papeles de Economía Española, n° 100, para el periodo 1991-2001), se pone de manifiesto que existe un conjunto de comunidades autónomas que, a pesar de haber registrado un saldo fiscal positivo, tienen una distribución de la renta menos igualitaria en el año 2001 que en el 1991: Andalucía, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Galicia, Murcia, Navarra y La Rioja. También se puede constatar en este mismo estudio que en todas las comunidades autónomas el porcentaje del gasto total que corresponde al 5% de la población más rica aumentó entre 1991 y 2001. La única excepción fue Canarias, donde se estancó. Parece pues, en general, bastante evidente la falta de cumplimiento de este principio. El lector del libro citado podrá comprobar que los resultados obtenidos permiten concluir que la mayor parte de los principios que se proponen para inspirar idealmente la redistribución interterritorial en el Estado español no se están cumpliendo en la actualidad. Ello provoca que resulte urgente no sólo basar la discusión en el cálculo de los flujos fiscales, sino también, y de forma muy especial, en los principios que deben fundamentarlos.