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En 1822, en medio del aquelarre liberal, que diría Rodríguez Braun, de doceañistas y exaltados, se sancionó por el escasamente liberal Fernando VII el primer Código Penal de nuestra historia siguiendo los postulados ilustrados de la época. El Código suponía un corte radical con el sistema medieval de castigos y penas entonces vigente. Daba un paso importante en orden a la protección de la mujer introduciendo en el artículo 106 como agravante «la tierna edad, el sexo femenino, la dignidad, la debilidad, indefensión, desamparo o conflicto de la persona ofendida».

El nuevo Código nunca llegó a tener una plena aplicación efectiva, porque poco después de su sanción tenía lugar la entrada de los cien mil hijos de San Luis y el comienzo de la década ominosa con la restauración absolutista y la vuelta a la aplicación de Partidas y viejas disposiciones penales.…  Seguir leyendo »