Delegaciones catalanas al desnudo
Nuestra Constitución, como sucede en la gran mayoría en los Estados, no abre las relaciones internacionales a las Comunidades Autónomas (en adelante, CCAA), aunque una leal y limitada acción exterior no les debe ser vedada. Pero los Estatutos de Autonomía del pasado siglo dieron un giro para sortear el texto constitucional. Todos, a pesar del rechazo constitucional expreso, durante su elaboración incluyeron el deber de informarles sobre los Tratados que el Estado tiene proyectado concluir. También incluyeron por lógica interna su derecho a desarrollar y ejecutar directamente el derecho de la UE en el marco de sus competencias. Sin embargo, ningún Estatuto incluyó la representación directa desde el exterior con carácter permanente.… Seguir leyendo »